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Si usted pretende adquirir una vivienda en territorio
español, le pondremos en contacto con un abogado
español de la zona
que hable su idioma, para que le pueda resolver aquellas
dudas que usted pueda tener, referentes a la regulación
del derecho
español de la compra-venta de viviendas.
Resueltas aquellas dudas de carácter general,
pasaremos a estudiar su caso concreto, redactando el
contrato o explicándole
las cláusulas del contrato que nos traiga, para
resolver las dudas de su caso particular.
Si se firma el contrato, procederemos a la obtención
de la documentación que suele traer consigo
la compra de una vivienda,
tal como la obtención del N.I.E., realización
de testamento y poderes de representación.
Durante la vigencia del contrato estaremos a su servicio,
para asesorarle en aquellas dudas o cuestiones que
pudieran surgir.
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Si necesita financiar
la compra, le pondremos en contacto con un banco
español y tramitaremos
la documentación necesaria. Igualmente
podemos tramitar el aseguramiento de las cantidades
entregadas al constructor durante la vigencia
del
contrato.
Cuando nos informen de que la vivienda se encuentra
terminada, prepararemos la escritura de compraventa,
realizando un último
control, para asegurarnos de que la casa que usted
compra está libre de cargas y no tiene
deudas.
El día de la firma de la escritura le
acompañará su
abogado, quien le entregará la docu-mentación referida a su casa y traducirá la documentación, firmando
la escritura con usted.
Finalmente, pagaremos los impuestos de la casa y
registraremos su escritura en el Registro de la Propiedad
español.
Una vez firmada la escritura, actuaremos como su
representante fiscal ante el Ministerio de Economía
y Hacienda español,
calculando sus impuestos y pagándolos.
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